Martes 9 de enero del 2024. El Banco Central de Costa Rica (BCCR) anunció que las tasas de interés máximas (tasa de usura) para créditos y microcréditos que regirán a partir de enero del 2024 fueron elevadas levemente, aunque para la mayoría de los costarricenses el ingreso real se ha quedado estancado, debido a factores como el congelamiento salarial y la reducción de las entradas económicas.

Según el nuevo cálculo, las tasas de interés aumentarán entre 0,18 puntos porcentuales (p. p.) y 0,53 p. p. en comparación con las establecidas en el segundo semestre de 2023. Estos cálculos y la publicación de los intereses son realizados por el Banco Central durante la primera semana de enero y julio de cada año.

De acuerdo con el anuncio del BCCR, la nueva tasa máxima de créditos en colones será del 38,55% durante los primeros seis meses de 2024, lo que representa un incremento de 0,39 puntos con respecto al 38,16% del segundo semestre del año pasado.

Por otro lado, para las operaciones en dólares, el interés anual se estableció en 30,53%, es decir, 0,26 p. p. por encima del 30,27% del período anterior.

La “tasa de usura” más alta será para los microcréditos en colones, fijada en 54,37% durante los primeros seis meses de este año, lo que supone un aumento de 0,54 puntos con respecto al 53,83% del segundo semestre de 2023. En dólares, pasará del 42,86% al 43,23%.

Según la legislación, se considera microcrédito aquel que no supera un monto máximo de 1,5 veces el salario base del oficinista 1 del Poder Judicial, establecido en ¢462.200, con lo cual el límite para una operación de este tipo es de ¢693.300. Esto excluye las tarjetas de crédito, ya que aplican las tasas generales.

De acuerdo con la ley, el cobro de una tasa de interés superior a las establecidas por el Banco Central se considerará una ventaja pecuniaria desproporcionada, con implicaciones penales. Esto conlleva una sanción que va desde nueve meses hasta tres años de prisión, o una multa de 30 a 100 días, para la persona o empresa que aplique un interés superior al máximo establecido.

Las tasas de interés máximas son de cumplimiento obligatorio para entidades financieras supervisadas, así como para las empresas que prestan dinero y no están reguladas, según lo estipulado en la “ley de usura”, normativa vigente desde junio de 2020.

Desde entonces, el ente emisor establece cada seis meses los límites para los créditos y microcréditos, tanto en colones como en dólares y otras monedas. Durante 2021 y 2022, las tasas máximas mostraron una tendencia a la baja.

Sin embargo, desde enero de 2023, experimentan un incremento gradual, aunque moderados desde que se dio la primera subida desde finales de 2020, aplicada durante el primer semestre del año pasado.

Las alzas en las tasas de interés son consecuencia de los ajustes en la tasa de política monetaria del Banco Central, lo que provoca un efecto de traslado a otros intereses en el sistema financiero costarricense, generalmente con cierto retraso.

El ente emisor utiliza el promedio simple de las tasas de interés activas negociadas mensualmente (las utilizadas en créditos) durante los doce meses anteriores, en este caso, para el período comprendido entre enero de 2023 y diciembre de 2023.

Para definir la tasa de interés activa de cada mes, se emplea el promedio ponderado de las tasas de interés activas de todas las operaciones nuevas de crédito realizadas durante dicho mes. La ponderación se realiza según el monto de la transacción correspondiente.